El nombramiento de los miembros del Comité será hecho por el(la) Secretario(a) de Salud mediante comunicación escrita.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 170 - Ley de Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Mortalidad Materna
§ 3992c. Nombramiento de los miembros del Comité
§ 3992d. Composición del Comité
§ 3992e. Propósitos del Comité
§ 3992f. Responsabilidades del Comité
§ 3992h. Carácter privilegiado de la información y los miembros del Comité
§ 3992i. Confidencialidad de la información recopilada
§ 3992j. Exención a los(as) testigos citados(as) por el Comité