2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 15 - Seguridad de los Trabajadores
§ 350. Adquisición de modelos y artefactos de seguridad—1949; compra o producción de modelos; venta a patronos

A los fines de las secs. 349 y 350 de este título, el Administrador del Fondo del Seguro del Estado podrá adquirir dichos modelos y artefactos a través de las firmas o empresas expendedoras de éstos, o estimular su confección y producción mediante la colaboración de la Corporación de Industrias de Prisiones de Puerto Rico, la Escuela de Artes Industriales y la Sección de Terapia Ocupacional del Fondo del Seguro del Estado, o cualquier otra agencia o instrumentalidad pública o privada. Disponiéndose, que los modelos y artefactos así adquiridos por compra o producidos bajo el estímulo del Fondo del Seguro del Estado, una vez comprobada su eficiencia a través de experimentos al efecto con el concurso de la División de Prevención de Accidentes del Fondo del Seguro del Estado, serán expedidos al costo a los patronos sujetos a la aplicación del Capítulo 1 del Título 11.