2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Concesión de Licencias a Facilidades de Salud
§ 333c. Funciones de la Junta

(a) Asesorar y aconsejar al Departamento de Salud en cuanto a normas que afecten la implantación y administración de este capítulo.
(b) Revisar y hacer recomendaciones con respecto a reglas, reglamentos y normas autorizadas por este capítulo, con anterioridad a su promulgación por el Departamento de Salud como aquí se especifica.