2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Propiedad Vehicular
§ 3217. Violaciones—Apropiación ilegal de vehículo; medidas penales especiales

(1) Se ha apropiado o apoderado del vehículo sin consentimiento de su dueño.
(2) Haya empleado ardid, fraude, treta o engaño para adquirir la posesión, uso o control ilegal del vehículo mediante entrega voluntaria del dueño, poseedor, conductor o custodia del vehículo objeto de la apropiación.
(3) Luego de alquilar un vehículo al expirar el término de vigencia del contrato de alquiler o arrendamiento no devuelva el vehículo al arrendador transcurrido un plazo de veinticuatro (24) horas sin haber puesto en conocimiento al arrendador de las causas justificadas para ello.
(4) Venda o en alguna forma enajene, desmantele o permita que otra persona desmantele el mismo sin consentimiento de su dueño.
(5) Ha obtenido la posesión legal del vehículo mediante compra sujeto a financiamiento, dejado de cumplir con los términos o pagos del contrato de financiamiento, se haya expedido la correspondiente orden de embargo expedida por el tribunal y desaparezca u oculte el vehículo privando así a la financiera del derecho a reposeer el mismo.
(6) Haya notificado el vehículo como que le ha sido apropiado ilegalmente, robado o desaparecido a la Policía o a la institución financiera o compañía aseguradora del mismo con el propósito de liberarse del pago de las mensualidades o que se le pague una pérdida de un vehículo con arreglo a un contrato de seguro.
(7) Venda, compre o en alguna forma enajene o adquiera el vehículo con la intención de defraudar a la compañía financiera o al comprador subsiguiente y liberarse de la deuda o del cumplimiento de las obligaciones existentes o cuando desmantele o permita que otra persona desmantele un vehículo que esté sujeto a un contrato de venta condicional, de arrendamiento financiero, o a algún otro tipo de préstamo con garantía, sin el consentimiento escrito del vendedor condicional, del acreedor o de la institución financiera.
(8) Toda persona que actuando, como intermediario, compre, reciba, venda o enajene un vehículo de motor, sujeto a un financiamiento, con la intención de venderlo o cederlo, sin que medie la anuencia por escrito del vendedor condicional, del acreedor o la entidad financiera que financió el vehículo de motor al comprador original, incurrirá en delito grave de tercer grado y se le impondrá una multa no menor de cinco mil dólares ($5,000.00). El tribunal podrá imponer la pena de restitución, además de las penas aquí impuestas, a su discreción.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 9 - Carreteras y Tránsito

Capítulo 25 - Propiedad Vehicular

§ 3201. Definiciones

§ 3203a. Registro de vehículos—Registro especial

§ 3205. Registro de vehículos—Pérdida total o abandono, efectos

§ 3206. Obligaciones—Secretario de Transportación y Obras Públicas

§ 3207. Obligaciones—Secretario de Hacienda

§ 3208. Obligaciones—Autoridad de las Navieras

§ 3209. Obligaciones—Compañías de seguros

§ 3210. Obligaciones—Policía de Puerto Rico; anotación marginal

§ 3211. Obligaciones—Generales

§ 3211a. Obligaciones—Redistribuidor de vehículos de motor o arrastres

§ 3211b. Obligaciones—Instituciones financieras, aseguradoras y compañías de arrendamiento

§ 3211c. Obligaciones—Concesionario no residente de venta de vehículos de motor o arrastres

§ 3211d. Obligaciones—Concesionario de venta de vehículos de motor o arrastres

§ 3212. Obligaciones—Dueños de vehículos

§ 3213. Detención, inspección y retención para investigar

§ 3214. Violaciones—Comercio ilegal de vehículos y piezas

§ 3215. Violaciones—Inferencias permisibles

§ 3216. Facultades de la Policía de Puerto Rico

§ 3217. Violaciones—Apropiación ilegal de vehículo; medidas penales especiales

§ 3218. Violaciones—Apropiación ilegal de pieza de vehículo

§ 3218a. Violaciones—Posesión de herramientas usadas en apropiación ilegal de vehículos de motor o piezas

§ 3219. Violaciones—Números de identificación; mutilación, alteración, destrucción o modificación

§ 3221. Violaciones—Suministrar información falsa o no suministrar información

§ 3222. Violaciones—Cancelación o revocación de licencia, patente, permiso o autorización

§ 3223. Violaciones—Operar negociación con licencia, patente o autorización revocada o cancelada

§ 3224. Violaciones—Entrada de información falsa al sistema de computadoras o expedientes

§ 3225. Violaciones—Autorización ilegal para exportar

§ 3225a. Violaciones—Publicidad sin poseer licencia de concesionario

§ 3225b. Violaciones—Inspecciones administrativas

§ 3225c. Violaciones—Delito separado

§ 3226. Pago de derechos de exportación

§ 3227. Exención