(a) Cualquier asignación, legado, donación o aportación de cualquier persona (incluyendo cualquier instrumentalidad del Gobierno, las cuales estarán expresamente autorizadas a hacer dichas aportaciones al Fideicomiso) al Fideicomiso;
(b) todo el ingreso (incluyendo el ingreso de interés) recibido de las inversiones del dinero del Fideicomiso.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 134 - Fideicomiso de los Niños
§ 3122. Creación del Fideicomiso
§ 3125. Derechos, poderes, facultades y funciones de la Junta
§ 3128. Poderes generales del Fideicomiso
§ 3130. Capitalización e inversión de fondos del Fideicomiso
§ 3131. Transferencia de los pagos del Acuerdo de Transacción
§ 3137. Asamblea Legislativa; operación y administración del Fideicomiso
§ 3139. Período prescriptivo para hacer reclamaciones con relación al Acuerdo de Transacción