2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 134 - Fideicomiso de los Niños
§ 3130. Capitalización e inversión de fondos del Fideicomiso

(a) Cualquier asignación, legado, donación o aportación de cualquier persona (incluyendo cualquier instrumentalidad del Gobierno, las cuales estarán expresamente autorizadas a hacer dichas aportaciones al Fideicomiso) al Fideicomiso;
(b) todo el ingreso (incluyendo el ingreso de interés) recibido de las inversiones del dinero del Fideicomiso.