(a) Evaluación de las ventajas y desventajas particulares del préstamo para el solicitante.
(b) Inventario de las finanzas, los activos, obligaciones, gastos e ingresos necesarios y sobre las demás opciones que tiene el solicitante en materia de vivienda, servicios sociales y de salud, y opciones financieras.
(c) Orientación sobre las otras alternativas financieras disponibles para aprovechar el valor de la propiedad, como por ejemplo, compraventa, segunda hipoteca o préstamo personal.
(d) Explicación de las implicaciones de obtener una hipoteca inversa, incluyendo los gastos y costos relacionados con el préstamo.
(e) Orientación sobre las consecuencias contributivas que puede tener la hipoteca inversa la forma en que puede afectar la elegibilidad del prestatario para asistencia bajo programas de asistencia del Gobierno Estatal y federal, y el impacto que tiene sobre los derechos de los herederos.
(f) Advertencia especial sobre todas las circunstancias que pueden provocar la ejecución de la hipoteca, incluyendo, entre otras, abandono de la propiedad por parte del prestatario debido a una condición médica u otro evento inesperado o incumplimiento con el deber de mantener la propiedad en buen estado.
(g) Explicación del proceso.
(h) Oportunidad para el solicitante de hacer preguntas y aclarar dudas.
(i) Notificación al solicitante que, luego de recibir copia del contrato de hipoteca a la inversa, firmado y previo a finalizar el período de enfriamiento de siete (7) días, establecido en la sec. 3066 de este título, tiene el derecho de obtener información y análisis adicional de parte del consejero.
(j) Advertencia de que bajo ninguna circunstancia un tercero, sea familiar o cualquier otro allegado al solicitante, puede ejercer coerción sobre el solicitante para que adquiera un préstamo de hipoteca inversa y que la persona que lo haga comete delito de fraude.
(k) Cualquier otro asunto comprendido en la reglamentación del Departamento de la Vivienda Federal o que de tiempo en tiempo se incluya en las leyes o reglamentos federales o estatales aplicables.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Otras Instituciones Financieras
Capítulo 144 - Ley de Protección al Consumidor de Hipotecas Inversas
§ 3063. Institución financiera; deber de referir a un consejero para orientación
§ 3064. Sesión de orientación; requisitos
§ 3065. Consejero; cualificaciones
§ 3066. Período de enfriamiento; derecho a rescindir
§ 3067. Institución financiera; información anual requerida
§ 3068. Representaciones potencialmente falsas o engañosas sobre hipotecas inversas
§ 3070. Violaciones a la ley; responsabilidad; penalidades; multas