(a) Se impondrá y cobrará una contribución adicional a cualquier otra contribución impuesta por ley a las compañías de seguro de vida de punto diez por ciento (0.10%) sobre el monto total de activos al cierre de su año contributivo en las cuentas separadas mantenidas por dicha compañía de seguro de vida establecida bajo los términos y condiciones dispuestos por las secs. 1363 a 1369 del Título 26, según reflejado en el informe anual requerido a la compañía de seguro de vida bajo el Código de Seguros de Puerto Rico.
(b) La contribución impuesta por esta sección para cualquier año contributivo se informará y será pagadera en su totalidad por la compañía de seguro de vida no más tarde de la fecha establecida en esta parte para rendir su planilla de contribución sobre ingresos para dicho año contributivo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte II - Contribucion Sobre Ingresos
Capítulo 1004 - Tipos de Contribución
Subcapítulo C - Contribución a Tasas Preferenciales
§ 30081. Contribución adicional especial sobre cuentas separadas
§ 30083. Contribución alternativa a corporaciones sobre ganancia neta de capital a largo plazo
§ 30086. Contribución especial sobre distribuciones de dividendos de ciertas corporaciones
§ 30087. Remuneración pagada por equipos de deportes de asociaciones o federaciones internacionales
§ 30088. Contribución especial sobre anualidades variables en cuentas separadas
§ 30089. Contribución especial sobre distribuciones totales de ciertos fideicomisos de empleados
§ 30090. Imposición de contribución adicional sobre ingreso bruto
§ 30090a. Imposición de contribución adicional sobre ingreso bruto
§ 30094. Prepago cuentas de retiro individual