2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Secretario de Justicia
§ 292j. Información confidencial; divulgación

(a) Una ley o reglamento declare la confidencialidad de la información.
(b) Se revele información que pueda lesionar derechos fundamentales de terceros.
(c) La comunicación esté protegida por alguno de los privilegios evidenciarios que pueden invocar los ciudadanos.
(d) Se trate de la identidad de un confidente.
(e) Sea información oficial conforme a las Reglas de Evidencia, Ap. VI del Título 32.
(f) Se revelen técnicas o procedimientos de investigativos.