Los reglamentos de la Compañía proveerán para el funcionamiento interno de la misma y los deberes y responsabilidades de sus funcionarios. Los reglamentos serán aprobados, y estarán sujetos a ser enmendados, por la Junta. Ningún reglamento o enmienda a los mismos, será efectivo hasta que haya sido debidamente registrado en el libro oficial de minutas de la Compañía, después de haber sido aprobado mediante resolución de la Junta. Ningún reglamento estará en conflicto con las disposiciones de las secs. 271 a 291a de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 23 - Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico
§ 281. Funcionarios y empleados
§ 285. Estado Libre Asociado y sus subdivisiones no serán responsables en cuanto a bonos
§ 286. Bonos—Inversiones legales
§ 287. Exención de contribuciones