2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 23 - Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico
§ 280. Funcionarios

(a) El Director Ejecutivo de la Compañía será nombrado por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado. El Director Ejecutivo desempeñará su cargo a voluntad de la Junta de Directores y su compensación será la que ésta determine. Sujeto al control de la Junta, el Director Ejecutivo estará a cargo de las actividades de la Compañía y tendrá aquellos poderes que se provean por los reglamentos de la Compañía.
(b) Los demás funcionarios de la Compañía serán nombrados y sus poderes determinados, de acuerdo con las disposiciones de los reglamentos de la Compañía.