Los supervisores tendrán acceso a cualquier terreno dentro del distrito para determinar si se está cumpliendo con los reglamentos sobre el uso del terreno. La violación de cualesquiera de dichos reglamentos constituirá un delito menos grave (misdemeanor) castigable con multa no menor de veinticinco dólares ($25) ni mayor de cien dólares ($100). Los supervisores deberán informar detalladamente al Comité sobre cualquier violación antes de proceder a denunciar al infractor.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 11 - Comité de Conservación de Suelos de Puerto Rico
§ 244. Nombramiento, calificaciones y término del cargo de los supervisores
§ 245. Poderes de distritos y supervisores
§ 247. Reglamentación sobre el uso de terrenos—Observancia
§ 249. Petición de reajuste de reglamentación
§ 250. Cooperación de las agencias