(a) Recomendar o recetar productos naturales que no requieran prescripción médica. Estos productos no podrán ser distribuidos o vendidos en su propia oficina.
(b) Realizar evaluaciones, diagnósticos, tratamientos y terapias, propios de la medicina naturopática.
(c) Practicar los siguientes métodos terapéuticos:
(1) Aromaterapia.— Terapia basada en el uso de plantas medicinales y aromáticas.
(2) Balneoterapia (vapor de aguas termales, hidroterapia).— Incluye la variedad de baños con fines terapéuticos ejecutados con agua. También se refiere a baños de aire, sol y otros.
(3) Cromoterapias.— Se refiere al uso del color en forma terapéutica.
(4) Digitopuntura o acupresión.— Técnica que utiliza la presión de los dedos sobre puntos en meridianos que se desean estimular.
(5) Fitoterapia (plantas medicinales, jarabes, cataplasmas, compresas).— Se define como medicina botánica.
(6) Homeopatía.— Se refiere al sistema de tratamiento basado en el uso de sustancias naturaes altamente diluidas y dinamizadas.
(7) Kinesiología (toque de energía).— Técnica para lograr el balance muscular con fines terapéuticos. No utiliza ningún tipo de sustancia ni artefacto ya que se utiliza la propia energía del cuerpo.
(8) Lavativas y duchas.— Se refiere al uso de enemas, colónicos, duchas vaginales con fines terapéuticos para restaurar la homeostasis del sistema y/o desintoxicar. Estas no deben ser administradas por el doctor en naturopatía, ni en su oficina. Las mismas deberán ser administradas por la propia persona.
(9) Masajes terapéuticos.— Se refiere al uso de masajes para fines terapéuticos.
(10) Musicoterapia.— Se refiere a la utilización de la música para fines terapéuticos.
(11) Reflexología.— Se refiere a la terapia similar a la digitopuntura o acupresión, limitada al área de los pies y manos, la cual establece que cualquier órgano del cuerpo puede ser estimulado desde esa zona.
(12) Biomagnetismo.— Se refiere al uso de imanes para el tratamiento de enfermedades.
(d) Referir para propósitos de diagnóstico de condiciones físicas las siguientes pruebas: rayos X, electrocardiogramas, ultrasonido, flebotomía, pruebas de laboratorio clínico, función fisiológica y otros procedimientos de diagnóstico, comúnmente utilizados por los médicos, que arrojan mayor información clínica que contribuya a un diagnóstico certero.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 80 - Junta Examinadora de Doctores en Naturopatía
§ 2454. Junta—Término de los nombramientos
§ 2455. Junta—Vacantes y destitución
§ 2456. Junta—Quórum, reglamento interno y reuniones
§ 2458. Junta—Facultades y deberes
§ 2461. Licencia—Denegación, suspensión o revocación