2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 80 - Junta Examinadora de Doctores en Naturopatía
§ 2454. Junta—Término de los nombramientos

Los miembros de la Junta ocuparán sus cargos por el término de cuatro (4) años o hasta que sus sucesores sean nombrados y tomen posesión del mismo, excepto los primeros miembros de la Junta que se nombren, quienes desempeñarán sus cargos: dos (2) por un (1) año, dos (2) por dos (2) años y uno (1) por tres (3) años, en el orden que los designe el Gobernador. Ninguna persona podrá ser miembro de la Junta por más de dos (2) términos consecutivos.