(1) El acreedor garantizado según el récord autoriza la radicación, y
(2) la radicación es necesaria bajo este subcapítulo:
(A) Para continuar la validez de la declaración de financiamiento radicada antes de que esta ley tenga vigencia, o
(B) para perfeccionar o continuar la perfección de una garantía mobiliaria.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 19 - Instrumentos Negociables
Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales
Capítulo 55A - Transacciones Garantizadas
Subcapítulo VII - Disposiciones Transitorias
§ 2403. Garantía mobiliaria perfeccionada antes de la fecha de vigencia
§ 2404. Garantía mobiliaria que no se perfecciona antes de la fecha de vigencia
§ 2405. Validez de una acción que se toma antes de la fecha de vigencia
§ 2407. Enmienda de la declaración de financiamiento radicada antes de la fecha de vigencia
§ 2408. Personas con derecho a radicar una declaración de financiamiento o de continuación