El Departamento de Hacienda, el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, el Departamento de Asuntos del Consumidor, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, el Banco de Desarrollo, la Junta de Planificación y cualquier otra agencia que la Junta de Planificación entienda que debe autorizarse a esos efectos, quedan por la presente autorizados a aprobar reglas y reglamentos para cumplir con las disposiciones de este capítulo en aquellos aspectos de su competencia a tenor con lo aquí dispuesto.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte I - Planificacion Publica
Capítulo 15 - Rehabilitación y Desarrollo Integral de Santurce
§ 226. Política pública; metas y objetivos; guías de acción
§ 226a. Zona especial de planificación; establecimiento
§ 226b. Grupo consultivo; creación; asignación de fondos
§ 226c. Plan de desarrollo integrado; prioridades
§ 226d. Propiedades elegibles—Exención contributiva
§ 226e. Propiedades elegibles—Condonación de determinadas contribuciones
§ 226g. Propiedades elegibles—Para incentivar el financiamiento
§ 226i. Incentivos—Creación de empleos
§ 226j. Incentivos—Negocios e industrias
§ 226p. Tiempo de reclamación de los incentivos, deducciones y otros beneficios