2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 15 - Rehabilitación y Desarrollo Integral de Santurce
§ 226. Política pública; metas y objetivos; guías de acción

(a) Retener y aumentar la población residente con personas y familias de diferentes niveles de ingreso y diferentes edades.
(b) Promover la rehabilitación física, económica y social de las comunidades y vecindarios de Santurce, con atención especial a aquéllas de bajos ingresos y estimular su integración en términos espaciales, económicos y organizativos a la corriente principal de actividad del área.
(c) Aumentar y fortalecer la actividad económica en Santurce, consolidando y fortaleciendo la actividad económica existente y fomentando nuevas actividades en los renglones de servicios, comercios especializados y negocios relacionados con recreación y cultura.
(d) Rehabilitar y ocupar las estructuras en deterioro o vacantes con especial atención a las estructuras de valor arquitectónico.
(e) Crear un ambiente urbano de usos variados y coherentes en escala con el ambiente urbano general del área.
(f) Aumentar significativamente las oportunidades de empleo en el área y retener y consolidar las existentes.
(g) Ampliar y mejorar la provisión de servicios a residentes y usuarios del área.
(h) Fortalecer la seguridad del área y mejorar su imagen ante el público.
(i) Establecer un ambiente peatonal agradable.
(j) Fortalecer el uso de la transportación pública actual y potencial del área, incluyendo los proyectos sistemas de Metrobús y Agua-Guagua así como un sistema de transportación interna en los distritos comerciales.
(k) Mejorar el flujo de tránsito, aumentar las facilidades de estacionamiento y hacerlas más accesibles a sus usuarios.
(l) Promover la participación activa del sector privado en el proceso de rehabilitación y desarrollo de Santurce.
(m) Garantizar la adecuacidad de la infraestructura y los servicios públicos, particularmente si se permite el incremento en densidades.