(a) Manufacture o posea cualquier instrumento, aparato, equipo o dispositivo diseñado, adaptado o que pueda utilizarse:
(1) Para evitar fraudulentamente un cargo legal por cualquier servicio de telecomunicaciones en violación de la sec. 2163 de este título, o
(2) para ocultar, o asistir a otro en ocultar, de cualquier suplidor de servicios de telecomunicaciones o de cualquier autoridad legal la existencia o lugar de origen o de destino de cualquier telecomunicación; o
(b) que venda, done o de cualquier otra forma traspase a otro, u ofrezca o anuncie vender, donar o de cualquier otro modo traspasar, cualquier instrumento, aparato, equipo o dispositivo descrito en el inciso (a) de esta sección, o planee o instruya la manufactura o ensamblaje de los mismos, bajo circunstancias que evidencien la intención de usar o emplear dichos instrumentos, aparatos, equipo o dispositivos, o de permitir que los mismos sean usados o empleados, para cualquier propósito descrito en las cláusulas (1) y (2) del inciso (a) de esta sección a sabiendas de que se intenta usar los planes o instrucciones antes dichas para la manufactura o ensamblaje de dichos instrumentos, aparatos, equipo o dispositivos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Código Penal de Puerto Rico de 1937 y Leyes Penales Misceláneas
Parte XI - Delitos Contra la Propiedad
Capítulo 167 - Delitos contra el Servicio Telegráfico y Telefónico
§ 2158. Interceptación de comunicaciones telefónicas, prohibida
§ 2159. Interceptación de comunicaciones telefónicas, prohibida—Publicación
§ 2160. Interceptación de comunicaciones telefónicas, prohibida—Grabación
§ 2161. Interceptación de comunicaciones telefónicas, prohibida—Inadmisible en evidencia
§ 2162. Interceptación de comunicaciones telefónicas, prohibida—Penalidades
§ 2163. Uso ilegal de telecomunicaciones—Prohibiciones
§ 2164. Uso ilegal de telecomunicaciones—Manufactura, posesión o traspaso de equipo
§ 2166. Llamadas de carácter obsceno o para molestar; penalidades