Se constituye a las personas con derecho a ejercer la profesión de tecnólogo médico en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, siempre que la mayoría de ellas así lo acuerden en referéndum que al efecto se celebrará según se dispone más adelante, en entidad jurídica o corporación cuasi pública bajo el nombre de “Colegio de Tecnólogos Médicos de Puerto Rico”, con domicilio en San Juan, capital del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico