Cualquier productor, manufacturero o comerciante que haga uso de la estampa o sello de garantía de la Asociación de Puerto Rico, después de haber sido cancelado su permiso por la Asociación de Puerto Rico, o antes de que la Asociación de Puerto Rico le haya extendido un permiso para utilizar dicha estampa o sello de garantía, estará sujeto a una multa que no sea menor de quinientos (500) dólares ni mayor de cinco mil (5,000) dólares.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 11 - Marcas de Fábrica: Identificación de Productos
§ 208. Protección de los productos de Puerto Rico—Registro de la Asociación de Puerto Rico
§ 209. Protección de los productos de Puerto Rico—Estampa o sello de garantía
§ 210. Protección de los productos de Puerto Rico—Registro de permisos extendidos por la Asociación
§ 211. Protección de los productos de Puerto Rico—Uso ilegal de la estampa o sello
§ 212. Protección de los productos de Puerto Rico—Responsabilidad de la Asociación
§ 213. Envases de bebidas gaseosas—Registro por el fabricante
§ 214. Envases de bebidas gaseosas—Reglamentación
§ 215. Envases de bebidas gaseosas—Cumplimiento
§ 223c. Marcas no registrables
§ 223e. Radicación de solicitud
§ 223f. Oposición al registro, notificación y suficiencia
§ 223k. Certificado de registro como evidencia
§ 223m. Enmiendas a solicitudes y documentos
§ 223q. Cancelación de una marca registrada
§ 223s. Clasificaciones de bienes y servicios para el registro de una marca
§ 223x. Falsa designación de origen o falsa descripción
§ 223y. Disminución del carácter distintivo de las marcas famosas
§ 223z. Violación al derecho marcario con nombres de dominio