Todos los permisos extendidos por la Asociación de Puerto Rico para usar la referida estampa o sello de garantía deberán ser registrados en la Oficina de la Asociación de Puerto Rico y en el Departamento de Estado, y la Asociación de Puerto Rico tendrá la facultad de cancelar cualquiera de dichos permisos en el caso de que se utilice infringiendo alguna de las condiciones que prescribiere la Asociación de Puerto Rico, o cuando se haga otro uso impropio de dicha estampa, y tales cancelaciones serán asimismo registradas en la Oficina de la Asociación de Puerto Rico y en el Departamento de Estado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 11 - Marcas de Fábrica: Identificación de Productos
§ 208. Protección de los productos de Puerto Rico—Registro de la Asociación de Puerto Rico
§ 209. Protección de los productos de Puerto Rico—Estampa o sello de garantía
§ 210. Protección de los productos de Puerto Rico—Registro de permisos extendidos por la Asociación
§ 211. Protección de los productos de Puerto Rico—Uso ilegal de la estampa o sello
§ 212. Protección de los productos de Puerto Rico—Responsabilidad de la Asociación
§ 213. Envases de bebidas gaseosas—Registro por el fabricante
§ 214. Envases de bebidas gaseosas—Reglamentación
§ 215. Envases de bebidas gaseosas—Cumplimiento
§ 223c. Marcas no registrables
§ 223e. Radicación de solicitud
§ 223f. Oposición al registro, notificación y suficiencia
§ 223k. Certificado de registro como evidencia
§ 223m. Enmiendas a solicitudes y documentos
§ 223q. Cancelación de una marca registrada
§ 223s. Clasificaciones de bienes y servicios para el registro de una marca
§ 223x. Falsa designación de origen o falsa descripción
§ 223y. Disminución del carácter distintivo de las marcas famosas
§ 223z. Violación al derecho marcario con nombres de dominio