El Departamento de Agricultura queda autorizado y facultado para implantar este capítulo; velar por su fiel y cabal cumplimiento; expedir licencias para autorizar y calificar a los dueños, operadores y entrenadores que operan negocios dedicados a la venta, alquiler o entrenamiento de perros guardianes dedicados a la protección de propiedades industriales, comerciales y residenciales; así como entrenamiento en detección de drogas narcóticas y explosivos; y entrenamiento para la vigilancia preventiva y protección personal. Al momento de expedir la licencia el Departamento de Agricultura deberá verificar que la persona que solicita ha cumplido con las correspondientes leyes fiscales sobre patente, Fondo de Seguro del Estado y del Departamento de Salud.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico