Una vez la entidad gubernamental correspondiente radique, con el cumplimiento de la Ley Núm. 9, antes citada, una consulta de ubicación ante la Junta de Planificación o la Oficina de Gerencia de Permisos, según corresponda, dicha agencia tendrá un término improrrogable de quince (15) días laborables para evaluar la consulta de ubicación radicada.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 68 - Disposiciones Especiales para Procedimientos de Emergencia
§ 1932. Procedimiento especial para otorgar permisos
§ 1933. Término para presentar endoso u oposición
§ 1935. Consulta de ubicación—Término de evaluación
§ 1936. Consulta de ubicacion—Término para considerar el proyecto
§ 1940. Aplicación de la Orden Ejecutiva
§ 1941. Reglamentos, órdenes y contratos
§ 1942. Vigencia de las Ordenes Ejecutivas