2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo XIII - Procedimiento Extrajudicial de Ejecución y Venta
§ 1904f. Cancelación de gravamen y transferencia de titularidad luego de venta

(1) Una venta extrajudicial que se efectúe conforme a este subcapítulo, excluye y pone fin a todos los intereses en el alojamiento o derecho real de propiedad vacacional de todas las personas y/o entidades con gravámenes inscritos en el Registro de Propiedad inferiores al ejecutado.
(2) El día de la venta extrajudicial, al recibo del precio de venta se cancelará el gravamen del acreedor ejecutante mediante pago, a dicho acreedor del importe de la venta. Si dicho acreedor no es el agraciado con la subasta, la cancelación la podrá hacer el notario dentro de la Escritura de Transmisión de Derecho o en escritura separada.
(3) La Escritura de Transmisión de Derecho será inscribible en el Registro de la Propiedad, mediante el pago de derechos de inscripción correspondientes.