(a) Costos de producción de los distintos productos agropecuarios.
(b) Precios que prevalezcan en el mercado o que razonablemente pudiera esperarse que prevalezcan cuando dichos productos estén listos para el mercadeo.
(c) Abastos totales de cada clase de producto que puedan estar disponibles en cualquier momento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 53 - Fomento del Desarrollo Agrícola
§ 1553. Programas—Establecimiento por el Secretario de Agricultura
§ 1554. Programas—Confección y aprobación; consulta y asesoramiento
§ 1556. Facultades, derechos y poderes del Secretario de Agricultura
§ 1557. Transferencia de productos
§ 1558. Significado de “agropecuario”
§ 1559. Envío de copias de programas, reglamentos y normas; informe anual
§ 1560. Informe de operaciones
§ 1562. Uso de fondos para emergencias
§ 1564. Gastos de funcionamiento
§ 1565. Facultades del Secretario de Agricultura provenientes de otras disposiciones
§ 1566. Interpretación a favor de poderes y facultades del Secretario de Agricultura