2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1 - Gobernador
§ 13. Programa de Premios Anuales del Gobernador por Mejoras Administrativas—Personas ineligibles

No serán elegibles para estos premios los funcionarios y empleados de los municipios; el personal de la División de Organización y Métodos del Negociado del Presupuesto y de otras unidades administrativas que se dediquen al mejoramiento de procedimientos y métodos; las personas contratadas con carácter temporero y en calidad de técnicos o profesionales, para llevar a cabo cualquier encuesta, investigación, estudio o consulta de carácter especial a nombre de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o de un Comité de sus Cámaras, o a nombre o por autorización del Gobernador; los miembros del Comité encargado de la administración del Programa de Premios Anuales del Gobernador por Mejoras Administrativas. El Gobernador podrá negarse a conceder un premio a cualquier funcionario o empleado por cualquier sugestión que forme parte de los deberes normales de su cargo o empleo o al incumbente de cualquier cargo que por razón de ser responsable de normas y programas principales resulte impropio hacerlo recipiente de un premio del Programa.