Se autoriza al Gobernador de Puerto Rico, para que, de acuerdo con las reglas que él adopte, otorgue Premios Anuales por Mejoras Administrativas a los funcionarios y empleados, las unidades de trabajo, programas y agencias del Gobierno de Puerto Rico que adopten o implanten ideas y procesos innovadores que resulten en economías o aumento en la calidad de servicios de los departamentos, agencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Para los fines de las secs. 12 a 15 de este título, las unidades de trabajo serán aquéllas definidas en el documento de presupuesto como secciones en el organigrama de cada programa o su equivalente. Los premios podrán consistir, entre otros, de dinero en efectivo, trofeos o condecoraciones. En caso de muerte de una persona con derecho a recibir un premio se hará entrega del mismo a sus herederos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
§ 1. Facultades y deberes—En general
§ 1a. Funciones y deberes—Delegación
§ 2. Remuneración; uso de edificios, etc.
§ 6. Destitución de funcionarios
§ 9. Sustituto del Gobernador durante su ausencia transitoria
§ 12. Programa de Premios Anuales del Gobernador por Mejoras Administrativas
§ 13. Programa de Premios Anuales del Gobernador por Mejoras Administrativas—Personas ineligibles
§ 17. Proyectos de mejoras permanentes; informes a la Asamblea Legislativa
§ 17a. Autorización a traspasar propiedades para defensa nacional