Excepto cuando se disponga lo contrario en este capítulo, el Secretario de la Vivienda tendrá a su cargo la administración de este capítulo y ejercerá los poderes, desempeñará los deberes y cumplirá con las obligaciones que este capítulo le impone. Los deberes dispuestos en este capítulo, relacionados con las contribuciones sobre ingresos, serán administrados por el Secretario de Hacienda.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 15 - Incentivos Industriales Contributivos en General
Parte III - OTROS INCENTIVOS CONTRIBUTIVOS
Capítulo 951 - Créditos Contributivos por Inversión Extraordinaria en Infraestructura de Vivienda
§ 10602. Crédito por inversión en infraestructura
§ 10605. Solicitud de crédito; requisitos; derechos
§ 10606. Aprobación de la solicitud
§ 10607. Transferencia del crédito; cambio de control del desarrollador
§ 10608. Denegación, revocación y limitación de los beneficios de este capítulo
§ 10609. Administración; evaluación por el Departamento de Hacienda