(a) Sanciones administrativas.—
(1) Toda farmacia o dispensador que a sabiendas rehúse o incumpla con el deber de someter la información de monitoreo de receta o someta información falsa al Programa o a la Administración, será referido a la agencia acreditadora y reglamentadora profesional apropiada para la determinación e imposición de las sanciones administrativas correspondientes.
(2) Toda persona autorizada, a tenor con este capítulo, para recibir información de monitoreo de recetas, que a sabiendas y voluntariamente divulgue, reproduzca o haga uso indebido de la información, en violación a las disposiciones de este capítulo, será referida a la agencia acreditadora y reglamentadora profesional apropiada para la determinación e imposición de las sanciones administrativas correspondientes.
(b) Sanciones penales.—
(1) Toda persona autorizada a recibir información de recetas a tenor con las disposiciones de este capítulo, que a sabiendas y voluntariamente divulgue, reproduzca o haga uso indebido de la información, en violación a las disposiciones de este capítulo, incurrirá en delito grave y, convicta que fuere, será sancionada por cada violación con pena de reclusión por un término fijo de dos (2) años o multa de diez mil dólares ($10,000), o ambas penas a discreción del tribunal.
(2) Toda persona no autorizada a recibir información de monitoreo de recetas a tenor con las disposiciones de este capítulo, que a sabiendas y voluntariamente obtenga o intente obtener dicha información, en violación a las disposiciones de este capítulo, incurrirá en delito grave y, convicta que fuere, será sancionada por cada violación con pena de reclusión por un término fijo de cinco (5) años o multa de veinte mil dólares ($20,000), o ambas penas a discreción del tribunal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Alimentos, Drogas y Cosmeticos
Capítulo 72 - Ley de Vigilancia de Receta de Medicamentos Controlados
§ 1032b. Programa de Monitoreo de Recetas de Medicamentos Controlados—Creación
§ 1032c. Comisión Asesora del Programa de Monitoreo de Recetas de Medicamentos Controlados
§ 1032d. Composición de la Comisión
§ 1032e. Notificación de información al Programa
§ 1032f. Confidencialidad, acceso y uso de la información de monitoreo de receta
§ 1032h. Sanciones y penalidades