A los fines de este capítulo “embalsamamiento” significa la conservación de cadáveres mediante la inyección en las arterias y en las cavidades de los cadáveres de soluciones antisépticas que retardan la descomposición natural y mediante el taponamiento de los orificios, de acuerdo con procedimientos que la Junta de Embalsamadores prescriba o autorice por reglamento adoptado al efecto.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 49 - Junta Examinadora de Embalsamadores
§ 1003. Registro de Embalsamadores
§ 1006. Libro de Actas y Procedimientos
§ 1007. Licencia—Reglamentación
§ 1008. Licencia—Requisito para ejercer; penalidades