(a) Llevar a cabo todas las funciones y diligencias que sean necesarias para reglamentar e inspeccionar los plaguicidas y dispositivos que se manufacturen, distribuyan, vendan, entren en transportación o usen en Puerto Rico.
(b) Nombrar los oficiales y empleados, e investirlos con aquellos poderes, e imponerles aquellos deberes, que sean necesarios para poner en vigor este capítulo.
(c) Atender y ejecutar todo lo que fuere necesario para lograr el cumplimiento de los propósitos de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico