2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 101 - Distintivos del Movimiento Olímpico
§ 1005. Permiso escrito previo para usarlos en cualquier forma—Expedición; derechos

El Comité Olímpico de Puerto Rico expedirá tales permisos y cobrará por el uso y la explotación comercial de los distintivos en los diferentes medios promocionales existentes ajustándose a las normas que para el uso de los mismos disponga el organismo y ofreciendo igual oportunidad a toda persona o firma comercial para solicitar o licitar por la obtención de tales permisos.