Al resolver la moción de traslado, el tribunal considerará los hechos alegados en ella y la declaración jurada que se acompañe, cualesquiera otras declaraciones juradas que se presenten y la evidencia admitida en la vista de dicha moción. Si el tribunal concediere el traslado, dictará una orden trasladando la causa a la sala de la misma sección que fuere la propia o a la sala más convenientemente situada, donde pueda celebrarse un juicio justo e imparcial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 34 - Apéndices Reglas del Tribunal
II. Reglas de Procedimiento Criminal
VIII. INHIBICION DEL JUEZ Y TRASLADO DEL CASO
Regla 76. Inhibición; fundamentos
Regla 77. Moción de inhibición; forma y requisito
Regla 78. Moción de inhibición; cuándo se presentará
Regla 79. Moción de inhibición; deber del juez
Regla 80. Inhibición a instancia propia
Regla 81. Traslado; fundamentos
Regla 82. Moción de traslado; cómo y cuándo se presentará
Regla 83. Moción de traslado; resolución
Regla 85. Traslado; acusado bajo custodia
Regla 86. Traslado; comparecencia de testigos
Regla 87. Traslado; si son varios acusados
Regla 88. Traslado; trámite en el tribunal al cual se trasladará