2020 Laws of Puerto Rico
VIII. INHIBICION DEL JUEZ Y TRASLADO DEL CASO
Regla 81. Traslado; fundamentos

(a) Cuando por cualquier razón que no sea una de las enumeradas en la Regla 76 no pueda obtenerse un juicio justo e imparcial en el distrito donde está pendiente la causa.
(b) Cuando por razón de desorden público que exista en el distrito no pueda obtenerse un juicio justo e imparcial para el acusado y El Pueblo con seguridad y rapidez.
(c) Cuando la vida del acusado o de algún testigo pueda ponerse en peligro si se juzgare la causa en tal distrito.
(d) Cuando en dicho distrito no pueda obtenerse un jurado para el juicio del acusado.