(1) Ofrecer acceso fácil, económico y efectivo al tribunal, eliminando obstáculos y barreras que impidan impartir justicia apelativa a los ciudadanos con reclamos válidos.
(2) Promover la efectiva, rápida y uniforme adjudicación de casos complejos, procedimientos especiales o asuntos que ameriten atención particular.
(3) Implantar el principio rector de que las controversias judiciales se atiendan en los méritos y no se desestimen los recursos por defectos de forma o de notificación que no afecten los derechos de las partes.
(4) Facilitar la comparecencia efectiva de ciudadanos por derecho propio y en forma pauperis.
(5) Establecer mecanismos y sistemas eficientes para la clasificación de recursos, el movimiento de los casos y el término de su resolución.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXII-B. Reglamento del Tribunal de Apelaciones (2004)
Regla 2. Interpretación; propósitos
Regla 6. Término de operaciones del tribunal
Regla 8. Trámite de los recursos
Regla 9. Inhibición; recusación; no intervención
Regla 10. Decisión en los méritos
Regla 11. Forma de las decisiones; publicación y divulgación
Regla 12. Informes sobre la labor rendida
Regla 12.1. Norma de interpretación de las disposiciones sobre notificación y forma