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§ 1471. Definiciones - (a) Fondo.— El Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer...
§ 1472. Fondo—Creación - Se crea el Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer...
§ 1473. Fondo—Propósito - Los propósitos del Fondo serán financiar, fomentar, desarrollar y estimular...
§ 1474. Consejo de Administración—Creación - (a) Dos (2) miembros de la Junta de Directores del...
§ 1475. Consejo de Administración—Funciones y poderes - (a) Actuar como organismo director del Fondo, con facultad para...
§ 1476. Administrador General - El Administrador General del Fondo será el Director Ejecutivo del...
§ 1477. Administración de los recursos del Fondo - (a) Las asignaciones que haga anualmente la Asamblea Legislativa para...
§ 1478. Concesión de garantía de préstamos, subsidios y beneficios no reintegrables - (a) Artes plásticas, museos y parques. (b) Arquitectura y urbanismo....
§ 1479. Informes a la Asamblea Legislativa y al Gobernador - (a) El total de fondos disponibles durante el año a...
§ 1480. Aplicación de otros estatutos - Las disposiciones de este capítulo se implantarán en armonía con...
§ 1481. Ayuda y asistencia del Instituto de Cultura Puertorriqueña - Por la presente se autoriza al Instituto de Cultura Puertorriqueña...