2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 92 - Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer Cultural
§ 1474. Consejo de Administración—Creación

(a) Dos (2) miembros de la Junta de Directores del Instituto de Cultura Puertorriqueña, designados al efecto por la propia Junta de Directores.
(b) Un representante del Banco Gubernamental de Fomento, designado por el Presidente de dicho Banco.
(c) Seis (6) ciudadanos en representación del interés público que serán nombrados por el Gobernador de Puerto Rico con el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico.