La licencia así concedida deberá ser enmarcada y colocada en un lugar del establecimiento que sea visible a las personas que visitan el mismo. Esta deberá ser mostrada para su examen a cualquier agente del orden público [o] representante del Departamento de Hacienda, del Departamento de Transportación y Obras Públicas o de la Junta de Planificación, la Administración de Reglamentos y Permisos o agente autorizado de cualquier otro departamento o entidad gubernamental.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 41 - Depósitos de Chatarra
§ 971c. Solicitud de licencia, procedimiento
§ 971f. Término de la licencia
§ 971g. Renovación de licencia
§ 971i. Licencia a colocarse en sitio visible
§ 971j. Revocación de licencia
§ 971m. Supresión de estorbo público
§ 971n. Reglas de procedimiento
§ 971o. Operar sin licencia, penalidades