2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 37D - Inversión en la Industria Puertorriqueña
§ 930k. Revisión judicial

Cualquier persona adversamente afectada por una decisión de la Junta bajo este capítulo podrá solicitar revisión de dicha decisión ante la Junta y luego el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, dentro de treinta (30) días a partir de la fecha de notificación de la Junta.