Este Programa se instituye con carácter experimental. El Secretario determinará las áreas en que se ensayará y la forma en que podría ampliarse gradualmente. Al hacer esas determinaciones, el Secretario ponderará factores como los siguientes: la población estudiantil de las áreas, el número y la capacidad de las escuelas públicas y privadas en las mismas, así como otras variables que promuevan el mejor aprovechamiento de los recursos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Actividades Educativas en General
Capítulo 61A - Programa de Vales Educativos y Libre Selección de Escuelas
§ 911b. Programa—Oficina; función
§ 911c. Programa—Deberes y facultades
§ 911d. Vales educativos—Tipos
§ 911f. Vales educativos—En general
§ 911h. Vales educativos—Estudiantes talentosos