La Oficina contará con un Director y con los empleados de oficina necesarios para realizar las labores pertinentes. Será función principal de la Oficina la preparación de un documento de solicitud para los aspirantes a los tres (3) tipos de vales establecidos en este capítulo, especificando las cualificaciones pertinentes a cada uno. En caso de que el importe de las solicitudes de vales no puedan cubrirse con los recursos disponibles, la Oficina establecerá un procedimiento objetivo y equitativo para hacer las adjudicaciones correspondientes. La Oficina tendrá a su cargo realizar las evaluaciones y seguimientos necesarios para asegurar la eficaz medición del producto de las tres (3) modalidades del Programa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Actividades Educativas en General
Capítulo 61A - Programa de Vales Educativos y Libre Selección de Escuelas
§ 911b. Programa—Oficina; función
§ 911c. Programa—Deberes y facultades
§ 911d. Vales educativos—Tipos
§ 911f. Vales educativos—En general
§ 911h. Vales educativos—Estudiantes talentosos