(a) La rareza e integridad de los recursos y del área.
(b) La amenaza a que el recurso o área se pierda o desaparezca.
(c) Recursos similares ya protegidos por los Parques Nacionales o bajo otra titularidad pública.
(d) Los costos relacionados con su adquisición, desarrollo y operación.
(e) El impacto socioeconómico de cualquier designación.
(f) El nivel de apoyo público local y general.
(g) Si el área es de configuración apropiada para asegurar la protección a largo plazo del recurso y el uso de los visitantes.