(a) Las áreas que contienen el mayor potencial para alcanzar el criterio de valor nacional para los fines de este capítulo.
 (b) Temas, lugares y recursos distintos a los que se encuentran representados en el Sistema de Parques Nacionales.
 (c) La lista de la Junta de Planificación, señalando aquellas áreas que deben ser conservadas o declaradas como reserva natural y para desarrollo como parque nacional.