2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 221 - Programa de Desarrollo Artesanal
§ 8005. Concesión de préstamos

(a) Cobrando el interés legal prevaleciente en el mercado o un interés más bajo conforme a los recursos económicos del artesano.
(b) Establecer los términos de pago de dicho préstamo.
(c) Conceder prórrogas para el pago de capital e intereses.
(d) Determinar la naturaleza y valor de la garantía requerida, si alguna, para conceder un préstamo.