2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 38 - Ley del Procurador del Paciente del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
§ 752. Facultad de reglamentación

Se faculta al Procurador para adoptar los reglamentos necesarios para el funcionamiento interno de la Oficina y para la aplicación de las disposiciones de este capítulo. Los reglamentos adoptados a tales efectos, excepto aquéllos para regir el funcionamiento interno de la Oficina, estarán sujetos a las disposiciones de las secs. 2101 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.