Cualquier parte adversamente afectada por una decisión, determinación, orden o resolución del Procurador, emitida conforme a las disposiciones de este capítulo o de cualquier otra ley bajo su jurisdicción, podrá solicitar reconsideración y revisión judicial conforme dispone las secs. 2101 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico