2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 3 - Centros de Salud y Dispensarios Rurales
§ 74o. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Junta Consultiva de Comunidad; designación

Todo municipio que suscriba un contrato para la administración y operación de facilidades de salud de acuerdo a lo dispuesto en las secs. 74a a 74u de este título, designará una Junta Consultiva de Comunidad, la cual tendrá las funciones que más adelante se especifican. La Junta deberá quedar constituida no más tarde de ciento ochenta (180) días de haberse firmado el primer convenio.

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Título 24 - Salud y Sanidad

Parte I - Hospitales, Instituciones y Programas Sobre Salud

Capítulo 3 - Centros de Salud y Dispensarios Rurales

§ 74a. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Convenios con el Secretario

§ 74e. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Obligación del Departamento

§ 74h. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Contenido del convenio

§ 74i. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Recomendaciones por el municipio

§ 74j. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Delegación o subcontratación de servicios; aprobación previa

§ 74k. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Partes en el convenio, preceptos de ley como elementos del mismo

§ 74m. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Convenios previos vigentes

§ 74n. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Informes periódicos al Secretario

§ 74o. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Junta Consultiva de Comunidad; designación

§ 74p. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Junta Consultiva de Comunidad; integración

§ 74r. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Junta Consultiva de Comunidad; minutas e informes al Secretario

§ 74s. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Juntas alternativas

§ 74t. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Junta Consultiva de Comunidad; dietas de sus miembros

§ 74u. Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Reglamentación por el Secretario

§ 80. Hospital Municipal de Vieques