Si el Ombudsman determinase que cualquier funcionario o empleado de una agencia ha faltado, sin justificación razonable, al cumplimiento de los deberes propios de su cargo o empleo o que ha sido negligente en el desempeño de los mismos, asi deberá notificarlo a las autoridades, organismos o foros administrativos competentes para que éstos procedan al respecto.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 35 - Procurador del Ciudadano
§ 704. Nombramiento del Procurador del Ciudadano
§ 709. Imposición de aranceles y derechos; facturación a las agencias
§ 711. Investigación de reclamaciones
§ 713. Materias de investigación
§ 716. Consulta con la agencia
§ 717. Procedimientos posteriores a la investigación
§ 718. Comparecencia ante los tribunales