El Registro de Personas con Epilepsia del Departamento de Salud, podrá solicitar y obtener de los médicos y compañías de seguro de salud, cualquier información pertinente relacionada con el seguimiento de estos casos siempre y cuando se obtenga el consentimiento del paciente, según la “Health Insurance Portability and Accountability Act (HIPPA) of 1996”, (Public Law 104-191).
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte II - Control De Enfermedades
Capítulo 46 - Ley del Registro de Personas con Epilepsia
§ 700b. Notificación compulsoria por médicos
§ 700c. Notificación por compañías de seguros de salud
§ 700e. Informes—Confidencialidad
§ 700f. Solicitar y obtener información pertinente relacionada con los casos