Los informes se notificarán al Registro de Personas con Epilepsia del Departamento de Salud, electrónicamente mediante reportes diseñados por el Registro de Personas con Epilepsia, que contendrán aquella información necesaria para el estudio y seguimiento de estos casos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte II - Control De Enfermedades
Capítulo 46 - Ley del Registro de Personas con Epilepsia
§ 700b. Notificación compulsoria por médicos
§ 700c. Notificación por compañías de seguros de salud
§ 700e. Informes—Confidencialidad
§ 700f. Solicitar y obtener información pertinente relacionada con los casos