2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IX - Fondo Especial para Financiamiento de Campañas Electorales
§ 629e. Operación del Fondo Especial

(1) Hasta un máximo cinco millones de dólares ($5,000,000) en donaciones para la campaña política de cada partido político y su candidato a la gobernación y de los candidatos independientes a la gobernación respectivamente, y
(2) una asignación progresiva y correlativa de hasta cinco millones de dólares ($5,000,000) por cada partido político y su candidato a la gobernación y de los candidatos independientes a la gobernación con el mismo propósito, para parear en igual cantidad las donaciones que recauden los partidos políticos y candidatos acogidos al Fondo Especial. El pareo de fondos podrá efectuarse hasta las cinco (5) de la tarde del día de la elección general, posterior a esa fecha y hora no podrá hacerse recaudación para este Fondo.